Derecho Civil



Todas las cuestiones referentes a sucesiones, donaciones, procesos de incapacitación, asesoramiento en la tramitación de testamentos, resolución de conflictos entre los llamados a la herencia. Reclamaciones de accidentes de tráfico. Todo lo referente con el pago del impuesto de plusvalía municipal.


Derecho hereditaro


Viene regulado en el Código Civil, en los artículos comprendidos entre el 744 y el 1.087, donde se establecen los conceptos básicos que debemos de conocer en esta materia:


Testamento: es el testimonio o declaración de voluntad, en todo caso de carácter libre y voluntario, prestado por una persona, la cual, en previsión de su futuro fallecimiento, dispone cómo desea que se repartan sus bienes y derechos cuando aquel tenga lugar, siempre dentro de los límites previstos en el Código Civil. El testamento debe tener en cuenta que la herencia de una persona se ha de partir, teóricamente, en tres partes, a saber; (i) legítima, según el artículo 806 del Código Civil legítima es la porción de bienes que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto, herederos forzosos. Así de acuerdo con lo establecido en el artículo 807 del Cc, tendrán la consideración de herederos forzosos los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes, a falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes, el viudo o viuda en la forma y medida que establece el Código Civil; (ii) mejoras, dispone el artículo 823 del Código Civil que el padre o la madre podrán disponer en concepto de mejora a favor de alguno o algunos de sus hijos o descendientes, ya lo sean por naturaleza, ya por adopción, de una de las dos terceras partes destinadas a legítima; y (iii) libre disposición, según el artículo 808 la tercera parte restante será de libre


Legado: Es una disposición a título particular dejada en un testamento, por el cual el causante dispone de uno o varios bienes concretos o derechos, que le entrega al legatario para después de su muerte.



La tutela


Viene regulada en el Código Civil, entre los artículos 215 a 313, dentro del título de “la tutela, de la curatela y de la guarda de los menores o incapacitados”. La finalidad de estas figuras reside en proporcionar protección a determinadas personas que, padeciendo alguna discapacidad, la necesitan. Los destinatarios de tales figuras tuitivas son los menores y las personas cuya capacidad de obrar hayan sido judicialmente modificada.


La tutela constituye un órgano estable que pretende suplir la capacidad de obrar de las personas que carezcan de ella y que no estén sometidas a patria potestad, esto es, los menores no emancipados sin padres o cuyos padres carecen de la patria potestad y las personas cuya capacidad de obrar haya sido judicialmente modificada.



Accidentes de tráfico


La mayoría de los conductores no saben cómo actuar o que pasos legales es recomendable dar cuando han sufrido lesiones en un accidente de tráfico. Por ello si has sufrido un accidente, ya sea de tráfico, laboral o en la vía pública, necesitas contar con un abogado experto que te asesore en los pasos a seguir para proteger tus derechos. Para ello es importante:


  • Conseguir las pruebas en el momento, antes de que sea tarde, testigos, fotos, grabaciones, matrículas de otros vehículos implicados o que puedan haber sido testigo de lo ocurrido.
  • Reunir todos los datos que se pueda del vehículo contrario.
  • Rellena el parte amistoso con la descripción de cómo han ocurrido los hechos y si la otra parte no está de acuerdo es recomendable llamar a la policía.
  • Acudir al hospital o centro de salud, aunque en caliente no tengamos síntomas de dolencias, es recomendable que todos los que estuviesen en el vehículo (conductor y ocupantes) acudan al centro de salud más próximo.
  • Conservar toda la documentación médica y todas las facturas.
  • Contacta con la aseguradora del vehículo causante del accidente.
  • Si no estás de acuerdo con la indemnización que te ofrecen habrá que proceder a interponer la correspondiente demanda.



El régimen legal de los accidentes de tráfico, tanto por lesiones como por los daños sufridos o causados se regula por varias normas, entre ellas la Ley 35/2015, de 22 de septiembre de reforma del sistema para la valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (BOE 228 de 23 de septiembre de 2015). En esta norma legal, se establece un sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.


Y recuerda, el plazo para reclamar una indemnización por la vía civil es de un año, el cuál empezará a contar desde la estabilización de las lesiones.



Plusvalía


Mediante la Sentencia 59/2017, de 11 de mayo el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales los artículos 107.1, 107.2a) y 110 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRHHLL) pero única y exclusivamente, en los supuestos en los que, por no existir un incremento de valor, supondría someter a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica. Así lo ha aplicado ya el Tribunal Supremo en su Sentencia núm. 1132/2017 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 27 de junio de 2017.


En base a estas sentencias, se puede reclamar la devolución de los ingresos indebidos abonados en concepto del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, cuando la transmisión de la propiedad no haya supuesto un incremento del valor de la misma. Ya que el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los mismos.


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